sábado, octubre 10, 2026
Despertate
  • Politica
  • Economía
  • Salud
  • Deportes
  • Sociedad
Despertate
  • Politica
  • Economía
  • Salud
  • Deportes
  • Sociedad
Despertate
Home Politica

La Justicia, en contra del DNU de Javier Milei

23 enero, 2024
in Politica
La Justicia, en contra del DNU de Javier Milei

El juez en lo contencioso administrativo federal Enrique Lavié Pico rechazó hoy los primeros amparos que se presentaron para declarar inconstitucional el DNU (decreto de necesidad y urgencia) 70 del gobierno de Javier Milei.

Lavié Pico se pronunció sobre los casos que presentaron el abogado Jorge Rizzo y la asociación civil Observatorio del Derecho a la Ciudad. Para el juez el caso “no cumplió con la carga de poner en evidencia, de manera circunstanciada, la ilegalidad y arbitrariedad que invoca como fundamento de su pretensión”.

En ambas resoluciones, el juez entendió que el amparo no era la vía adecuada para hacer el reclamo, que quienes iniciaron las causas no tenían legitimación para y que no presentaron un perjuicio concreto que el DNU les causa, y que el Congreso de la Nación, tal como establece la Constitución Nacional, está en plazo para analizar la validez o no del decreto.

Sin embargo, el efecto concreto que tienen los fallos es una suerte de aval al decreto porque sigue en vigencia. Esos fallos tienen la importancia de que son los primeros que analizan el fondo de los reclamos. Hasta el momento lo que se habían dictado eran medidas cautelares, muchas de las cuáles suspendieron tramos del DNU. Por ejemplo, la justicia del trabajo dictó distintas resoluciones que suspendieron los efectos del título IV del decreto que son las reformas laborales. En otras causas se postergó el aumento de las cuotas de empresas de medicina prepaga.

En los dos amparos se planteó que el DNU no cumplió con los requisitos que establece el inciso tres del artículo 99 de la Constitución Nacional para su dictado. El juez explicó que los amparos requieren una serie de requisitos para poder aceptarlos, entre ellos que haya un caso, es decir “la afectación de un interés jurídicamente protegido o tutelado y susceptible de tratamiento judicial”.

Y para el magistrado en estos casos no se dio. “Resulta claro que las manifestaciones efectuadas por la actora NdA: Rizzo y el Observatorio) en su presentación de manera genérica para obtener la inconstitucionalidad del DNU en abstracto, no alcanzan por sí solas para demostrar el perjuicio concreto que se habría configurado por tal proceder, con relación a quien lo invoca en la presente causa”, consideró Lavié Pico.

NotasRelacionadas

Kicillof cruzó a La Libertad Avanza por el reclamo de agua en Carlos Casares: “Vayan a pedirle al Presidente”
Politica

Kicillof cruzó a La Libertad Avanza por el reclamo de agua en Carlos Casares: “Vayan a pedirle al Presidente”

9 octubre, 2026
La Corte Suprema define si vuelve a regir la ley de tierras para limitar la compra de campos por extranjeros
Politica

La Corte Suprema define si vuelve a regir la ley de tierras para limitar la compra de campos por extranjeros

9 octubre, 2026
El impacto del triunfo de Bolsonaro en Brasil sobre la reelección de Milei
Politica

El impacto del triunfo de Bolsonaro en Brasil sobre la reelección de Milei

8 octubre, 2026
Malvinas: Rockhopper desafía las sanciones del Gobierno argentino y adquiere participación en empresa para avanzar con el proyecto Sea Lion
Politica

Malvinas: Rockhopper desafía las sanciones del Gobierno argentino y adquiere participación en empresa para avanzar con el proyecto Sea Lion

8 octubre, 2026
El Gobierno creó una comisión para reformar el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
Politica

El Gobierno creó una comisión para reformar el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación

7 octubre, 2026
Milei designó nuevos funcionarios en Trabajo y en la Superintendencia de Servicios de Salud
Politica

Milei designó nuevos funcionarios en Trabajo y en la Superintendencia de Servicios de Salud

7 octubre, 2026

Copyright © 2020. Todos los derechos reservados.

  • Home