sábado, mayo 2, 2026
Despertate
  • Politica
  • Economía
  • Salud
  • Deportes
  • Sociedad
Despertate
  • Politica
  • Economía
  • Salud
  • Deportes
  • Sociedad
Despertate
Home Economía

La AFIP reglamentó el impuesto indirecto sobre las apuestas en línea

7 julio, 2022
in Economía
La AFIP reglamentó el impuesto indirecto sobre las apuestas en línea

La misma establece plazos y condiciones para el ingreso del tributo por parte de los operadores e intermediarios alcanzados

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) instrumentó el impuesto indirecto a las apuestas en línea que alcanza a los créditos ingresados por los usuarios de las plataformas, a través de la resolución general 5228/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La misma establece plazos y condiciones para el ingreso del tributo por parte de los operadores e intermediarios alcanzados.

El impuesto indirecto a las apuestas en línea fue aprobado en 2016 por la ley 27.346 y modificado en 2020 para introducir alícuotas progresivas.

La alícuota es progresiva y se inicia en 2,5% para operadores residentes en el país que hayan realizado inversiones genuinas

El tributo se encuentra vigente desde la publicación a comienzos de junio del decreto 293/2022, y la normativa de la AFIP establece los mecanismos para facilitar la liquidación.

La resolución del organismo dispuso los plazos y condiciones para que los operadores residentes en el país y los intermediarios que actúen en caso de plataformas del exterior presenten e ingresen el gravamen.

El impuesto indirecto sobre las apuestas en línea se aplica sobre los créditos ingresados por los usuarios de las plataformas.

La alícuota es progresiva y se inicia en 2,5% para operadores residentes en el país que hayan realizado inversiones genuinas y se extiende hasta el 15% para los residentes en países de baja o nula tributación.

De acuerdo a la legislación vigente, el 95% de lo recaudado es coparticipable y el 5% restante se destina a la firma estatal Empresa Argentina de Soluciones Satelitales (Arsat).

La normativa establece que los operadores e intermediarios, en su rol como agentes de percepción, deberán solicitar el alta en el impuesto para el ingreso del gravamen consignando el código “441 – Apuestas Online”.

Cuando existan operadores extranjeros, el agente de percepción será la entidad financiera o bancaria que funcione como intermediario entre el usuario y la plataforma que posibilite el pago de la apuesta.

NotasRelacionadas

Nueva presidencia en la Asociación Cristiana de Dirigentes de Empresa: Víctor Valle asume el liderazgo
Economía

Nueva presidencia en la Asociación Cristiana de Dirigentes de Empresa: Víctor Valle asume el liderazgo

29 abril, 2026
La clave de la híper-competencia china y las oportunidades para Argentina, según Nicolás Aguzín, líder de la Bolsa de Hong Kong
Economía

La clave de la híper-competencia china y las oportunidades para Argentina, según Nicolás Aguzín, líder de la Bolsa de Hong Kong

28 abril, 2026
Ranking Mundial: La Posición de Argentina en el Sector Turístico y su Comparativa Internacional
Economía

Ranking Mundial: La Posición de Argentina en el Sector Turístico y su Comparativa Internacional

27 abril, 2026
El consumo masivo muestra un leve aumento en el primer trimestre, impulsado por alimentos y bebidas
Economía

El consumo masivo muestra un leve aumento en el primer trimestre, impulsado por alimentos y bebidas

27 abril, 2026
Una importante compañía global se une a la iniciativa de exportación de GNL en Argentina
Economía

Una importante compañía global se une a la iniciativa de exportación de GNL en Argentina

27 abril, 2026
La Terminal de Ómnibus de Retiro será remodelada por primera vez en 33 años con financiación privada
Economía

La Terminal de Ómnibus de Retiro será remodelada por primera vez en 33 años con financiación privada

24 abril, 2026

Copyright © 2020. Todos los derechos reservados.

  • Home