martes, octubre 20, 2026
Despertate
  • Politica
  • Economía
  • Salud
  • Deportes
  • Sociedad
Despertate
  • Politica
  • Economía
  • Salud
  • Deportes
  • Sociedad
Despertate
Home Economía

AFIP: Nuevo formulario para la declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA)

24 octubre, 2024
in Economía
AFIP: Nuevo formulario para la declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA)

La AFIP, o la nueva ARCA, anunció hoy la implementación de un nuevo sistema para la declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA), enfocado en mejorar y simplificar el proceso para contribuyentes de sectores específicos. A través de la Resolución General N° 3.711, la AFIP reemplazará el antiguo procedimiento con el formulario digital “F2002 IVA por Actividad”, accesible a través del servicio “Mis Aplicaciones WEB” en el portal institucional.

Este nuevo mecanismo está dirigido a aquellos contribuyentes que realizan actividades con particularidades especiales, como exportadores, proveedores de empresas promovidas, sujetos acogidos a regímenes agropecuarios especiales y aquellos que soliciten reintegros por operaciones de bienes de capital, entre otros. Estos grupos ya no deberán ingresar ciertos datos específicos en su declaración, lo que simplifica el proceso y reduce los tiempos administrativos.

La AFIP está trabajando en la reingeniería del formulario “F2002 IVA por Actividad” para que gran parte de la información necesaria sea generada automáticamente a partir de los datos registrados en el “Libro de IVA Digital”. Este sistema, introducido por la Resolución General N° 4.597, registra electrónicamente las operaciones de ventas, compras, cesiones, exportaciones e importaciones definitivas de bienes y servicios, locaciones y prestaciones.

Con esta nueva implementación, los contribuyentes deberán ingresar al servicio “Mis Aplicaciones WEB” y seleccionar el formulario F2002, que integrará automáticamente los débitos y créditos fiscales correspondientes al período mensual desde el “Libro de IVA Digital”.

La presentación de la declaración jurada mensual deberá realizarse conforme a los vencimientos establecidos en la “Agenda General de Vencimientos” aprobada por la Resolución General N° 4.172 y sus modificatorias. El pago del saldo resultante, en tanto, deberá efectuarse en las fechas previstas por la normativa vigente.

NotasRelacionadas

Las líneas aéreas advierten que los costos de volar en Argentina desalientan el ingreso de competidores al cabotaje
Economía

Las líneas aéreas advierten que los costos de volar en Argentina desalientan el ingreso de competidores al cabotaje

20 octubre, 2026
La dura realidad del ahorrista conservador en dólares: cómo evitar pérdidas sin arriesgar demasiado
Economía

La dura realidad del ahorrista conservador en dólares: cómo evitar pérdidas sin arriesgar demasiado

20 octubre, 2026
Incremento salarial de albañiles y trabajadores de la construcción en octubre de 2026
Economía

Incremento salarial de albañiles y trabajadores de la construcción en octubre de 2026

20 octubre, 2026
Reduflación: cómo las marcas reducen el contenido de los productos sin bajar sus precios
Economía

Reduflación: cómo las marcas reducen el contenido de los productos sin bajar sus precios

19 octubre, 2026
APYME denuncia la crisis de comercios debido al modelo económico actual
Economía

APYME denuncia la crisis de comercios debido al modelo económico actual

19 octubre, 2026
El Senasa permite a fundaciones vender dispositivos de identificación electrónica animal
Economía

El Senasa permite a fundaciones vender dispositivos de identificación electrónica animal

16 octubre, 2026

Copyright © 2020. Todos los derechos reservados.

  • Home