martes, febrero 10, 2026
Despertate
  • Politica
  • Economía
  • Salud
  • Deportes
  • Sociedad
Despertate
  • Politica
  • Economía
  • Salud
  • Deportes
  • Sociedad
Despertate
Home Economía

AFIP: Nuevo formulario para la declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA)

24 octubre, 2024
in Economía
AFIP: Nuevo formulario para la declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA)

La AFIP, o la nueva ARCA, anunció hoy la implementación de un nuevo sistema para la declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA), enfocado en mejorar y simplificar el proceso para contribuyentes de sectores específicos. A través de la Resolución General N° 3.711, la AFIP reemplazará el antiguo procedimiento con el formulario digital “F2002 IVA por Actividad”, accesible a través del servicio “Mis Aplicaciones WEB” en el portal institucional.

Este nuevo mecanismo está dirigido a aquellos contribuyentes que realizan actividades con particularidades especiales, como exportadores, proveedores de empresas promovidas, sujetos acogidos a regímenes agropecuarios especiales y aquellos que soliciten reintegros por operaciones de bienes de capital, entre otros. Estos grupos ya no deberán ingresar ciertos datos específicos en su declaración, lo que simplifica el proceso y reduce los tiempos administrativos.

La AFIP está trabajando en la reingeniería del formulario “F2002 IVA por Actividad” para que gran parte de la información necesaria sea generada automáticamente a partir de los datos registrados en el “Libro de IVA Digital”. Este sistema, introducido por la Resolución General N° 4.597, registra electrónicamente las operaciones de ventas, compras, cesiones, exportaciones e importaciones definitivas de bienes y servicios, locaciones y prestaciones.

Con esta nueva implementación, los contribuyentes deberán ingresar al servicio “Mis Aplicaciones WEB” y seleccionar el formulario F2002, que integrará automáticamente los débitos y créditos fiscales correspondientes al período mensual desde el “Libro de IVA Digital”.

La presentación de la declaración jurada mensual deberá realizarse conforme a los vencimientos establecidos en la “Agenda General de Vencimientos” aprobada por la Resolución General N° 4.172 y sus modificatorias. El pago del saldo resultante, en tanto, deberá efectuarse en las fechas previstas por la normativa vigente.

NotasRelacionadas

Cuarta baja consecutiva: el dólar oficial roza los $1.400.
Economía

Cuarta baja consecutiva: el dólar oficial roza los $1.400.

10 febrero, 2026
Mínimo en una década: el gasto estatal fue del 14,5% del PBI en 2025.
Economía

Mínimo en una década: el gasto estatal fue del 14,5% del PBI en 2025.

10 febrero, 2026
Victoria de Takaichi impulsa a la bolsa japonesa a máximos.
Economía

Victoria de Takaichi impulsa a la bolsa japonesa a máximos.

10 febrero, 2026
Suba de boleto: Gobierno abre consulta ciudadana por colectivos.
Economía

Suba de boleto: Gobierno abre consulta ciudadana por colectivos.

9 febrero, 2026
Lunes 9 de febrero: las nuevas tasas de Plazo Fijo.
Economía

Lunes 9 de febrero: las nuevas tasas de Plazo Fijo.

9 febrero, 2026
PBA: el acuerdo con Estado Unidos es “entrega total”
Economía

Acuerdo con EEUU dispara acciones y bonos

6 febrero, 2026

PROPIETARIO: APPTERIX S A

DIRECCIÓN: Conesa 1051, Colegiales, CABA

Nº Edición: 108

Copyright © 2020. Todos los derechos reservados.

  • Home