Durante su intervención, Villalba afirmó: “Concluido el debate oral y público, para el ministerio fiscal ha quedado demostrada la existencia del tipo penal de contrabando en grado de tentativa, conforme a lo previsto en el artículo 326, inciso B”, del Código Aduanero de Paraguay.
Este artículo define el delito, indicando que involucra el ingreso o egreso de mercaderías, independientemente de si se realiza por zona primaria y a través de compartimientos secretos o de doble fondo, escapando así a la revisión habitual de la aduana. Para las autoridades paraguayas, el dinero en efectivo también se clasifica como mercadería. Cuestionar esta interpretación es uno de los argumentos clave en la defensa de Kueider y Guinsel.
Villalba destacó varios aspectos que sustentan su solicitud de condena y describió cómo se llevó a cabo el hecho investigado. Mencionó que existió un intento de realizar el ingreso del dinero en horas nocturnas y resaltó el elevado monto de divisas transportadas en un vehículo, que superaba los 10 mil dólares sin la declaración correspondiente.
Afirmó que tanto el exsenador como su pareja vulneraron las normas administrativas y el código aduanero de Paraguay. Más adelante, hizo hincapié en que el dinero está catalogado como parte de conductas delictivas y que su ingreso a Paraguay podría causar un “grave daño a nuestro sistema jurídico”, ya que evitaría la “trazabilidad de los fondos, violando las normas internacionales” destinadas a prevenir el lavado de dinero.
El fiscal también puso de relieve la actitud de Kueider y Guinsel tras la detección de la maniobra ilegal, señalando que ninguno de ellos ha mostrado “ni un mínimo de arrepentimiento”. Explicó que, aunque tienen derecho a no declarar, no han ofrecido disculpas a la sociedad paraguaya por sus acciones.
Después de la exposición del fiscal, el Tribunal especializado en delitos económicos abrió el debate a los defensores de Kueider y Guinsel, quienes solicitaron la absolución alegando que no se había probado el delito y que la acusación se basaba en “analogías y en estirar interpretaciones que no están cubiertas” por la ley. Esto se refiere a la consideración del dinero como mercadería.
El Tribunal, conformado por Elsa García (presidenta); Adriana Planás y Matías Garcete Piris, programó una nueva audiencia para el lunes 13 a las 9.30, donde la Fiscalía podrá responder a la defensa y viceversa. En esa ocasión, podría emitirse la sentencia. La audiencia más reciente se llevó a cabo en la sala 9 del 6° piso de la Torre Norte del Palacio de Tribunales, comenzando a las 10 de la mañana y extendiéndose por más de una hora.
Kueider y Guinsel se encuentran bajo arresto domiciliario desde el 4 de diciembre de 2024, cuando fueron detenidos en la cabecera paraguaya del Puente de la Amistad, al intentar ingresar 211 mil dólares, 646 mil pesos argentinos y 3,9 millones de guaraníes sin declarar en una mochila.
El proceso judicial por tentativa de contrabando no es el único problema que enfrentan Kueider y Guinsel, ya que también han sido imputados por lavado de activos. La Justicia paraguaya considera que compraron propiedades en la capital utilizando fondos ilegítimos, lo que ha llevado al embargo de dichos inmuebles.
Además, se ha conocido que la Cámara Federal de San Martín rechazó un pedido de eximición de prisión, lo que implica que, si Kueider regresa a Argentina, será detenido de inmediato.
Kueider está bajo investigación de la jueza de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, por presunto lavado de activos, quien ha solicitado su extradición a Paraguay, autorización que fue otorgada, pero antes deberá resolver sus asuntos legales en el país. No es la única instancia que lo investiga; otra causa por el mismo delito se tramita en la Justicia de Entre Ríos, y la cuestión de competencia está siendo evaluada por la Corte Suprema.












