La administración de Javier Milei había promulgado oficialmente la ley, pero no la implementó. Similar a lo que sucedió con la ley de Emergencia en Discapacidad, el Gobierno argumentó que el Congreso había establecido actualizaciones salariales y presupuestarias sin especificar los recursos de los cuales se obtendrían, lo que a su juicio violaba la Ley de Administración Financiera.
El juez Martín Cormick sostuvo que la maniobra del Gobierno operó como un “mecanismo extraconstitucional” y una forma de veto no contemplada por la Constitución Nacional. Además, mencionó que el artículo 9° de la ley universitaria proporcionaba pautas y herramientas suficientes para que el Poder Ejecutivo reasignara los fondos necesarios para su cumplimiento.
La sentencia obligó al Gobierno a cumplir la ley de manera inmediata y a asegurar los recursos destinados a salarios docentes, gastos operativos y becas. De acuerdo con estimaciones del sistema universitario, ello podría implicar una recomposición salarial de alrededor del 33%. Esta resolución respalda la medida cautelar que había sido confirmada anteriormente por la Corte Suprema.











