El Gobierno nacional ha resuelto una nueva postergación parcial en la aplicación de los incrementos a los impuestos sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono, conforme a lo establecido en la Ley 23.966. Dicha determinación se formalizó a través del Decreto 74/2026, el cual fue publicado en el Boletín Oficial este viernes.
Se ha informado que la normativa introduce modificaciones al Decreto 617/2025 y sus subsecuentes actualizaciones. El esquema previo había estipulado la entrada en vigencia, a partir del 1° de febrero de 2026, de los aumentos pendientes correspondientes a las actualizaciones de 2024 y de los primeros tres trimestres de 2025.
Mediante el nuevo decreto, el Poder Ejecutivo ha dispuesto la aplicación de los incrementos de forma parcial y escalonada. El propósito oficial es “continuar promoviendo el crecimiento de la economía a través de una senda fiscal sostenible”, en lo que concierne a nafta sin plomo, nafta virgen y gasoil.
Nuevos montos aplicables a partir de febrero
Para los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1° y el 28 de febrero de 2026, la disposición legal establece un incremento en el impuesto a los combustibles líquidos de $16,773 por litro para las diferentes naftas y de $14,372 para el gasoil. Adicionalmente, eleva el gravamen al dióxido de carbono en $1,027 para las naftas y $1,638 para el gasoil.
En el caso particular del gasoil destinado al consumo en las regiones de Patagonia, Malargüe y Patagones, el decreto fija un aumento específico adicional de $7,782 en el monto fijo actualizado del tributo previsto en el artículo 7 inciso d) de la Ley 23.966.
Modificación del cronograma
La normativa también introduce una alteración en la fecha de entrada en vigencia plena de los incrementos. De esta manera, el plazo se extiende del 1° de febrero al 1° de marzo de 2026, prolongando así por un mes el cronograma de aplicación de los aumentos aún pendientes.
La medida cuenta con las rúbricas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete Manuel Adorni y del ministro de Economía Luis Caputo. Conforme al texto oficial, el decreto entrará en vigor a partir del 1° de febrero de 2026 inclusive.










