El texto, denominado “Ley de Fortalecimiento, Sostenibilidad y Eficiencia Permanente del Sistema de Discapacidad”, mantiene gran parte de las prestaciones contempladas en la Ley 27.793, pero elimina el carácter de emergencia y transitoriedad que tenía la normativa anterior.
Entre los principales cambios, establece que la pensión por discapacidad equivaldrá al 70% del salario mínimo jubilatorio y permitirá que sus titulares continúen percibiéndola mientras tengan un empleo formal, dentro de los límites establecidos. Si los ingresos superan ese umbral, el cobro podrá suspenderse de manera provisoria, sin que eso implique la pérdida definitiva del beneficio. En caso de que finalice la relación laboral o disminuyan los ingresos, el titular podrá solicitar su rehabilitación inmediata.
La iniciativa también incorpora un sistema de auditorías cruzadas para verificar la información de los beneficiarios. La Secretaría Nacional de Discapacidad deberá monitorear datos de organismos como ANSES, ARCA, SINTyS y ReNaPer. Si se detectan inconsistencias, podrá disponerse una suspensión preventiva, con notificación previa y derecho a defensa. Además, los titulares podrán solicitar la rehabilitación provisoria mientras se analiza su situación.
En materia presupuestaria, el proyecto asigna el financiamiento a la Jurisdicción 80 del Ministerio de Salud, que incluye programas de Pensiones No Contributivas por Invalidez Laborativa, atención médica a beneficiarios y prevención y control de discapacidades. Si esos recursos resultan insuficientes, el excedente podrá cubrirse mediante una compensación de la Jurisdicción 91, correspondiente a Obligaciones a Cargo del Tesoro, dentro del área de Salud y Seguridad Social.
El texto también mantiene la reducción de contribuciones patronales para los empleadores que contraten de manera permanente a personas con discapacidad, de acuerdo con el artículo 87 de la Ley 24.013. A su vez, establece la capacitación obligatoria en derechos y trato no discriminatorio para el personal de las entidades que integran el Sistema de Prestaciones Básicas.
Otro de los puntos incorporados durante las negociaciones fue garantizar la continuidad de la atención médica básica y especializada mediante el programa Incluir Salud para los beneficiarios. También se estableció que quienes reciben otras prestaciones, como la Asignación Universal por Hijo (AUH), no quedarán excluidos automáticamente de la pensión, aunque no se permitirá acumular dos beneficios iguales.
El acuerdo legislativo se alcanzó después de que La Libertad Avanza aceptara eliminar los recortes económicos que se habían planteado inicialmente en el Presupuesto 2027. La modificación permitió acercar posiciones con bloques aliados y avanzar con un texto que conserva distintas prestaciones y mecanismos de cobertura para las personas con discapacidad.
Durante el debate en comisión, el dictamen oficial reunió 42 firmas, con el respaldo del PRO, la UCR y otros sectores aliados. En tanto, la oposición, integrada por el peronismo, Provincias Unidas y la izquierda, sumó 36 votos para sostener la prórroga de la emergencia.
Uno de los principales desacuerdos giró en torno a la continuidad de ese régimen. Mientras la oposición buscaba extender la emergencia, el oficialismo pretendía eliminarla, entre otros motivos, por las facultades que otorgaba al Poder Ejecutivo para reasignar partidas presupuestarias y por la posibilidad de que la cuestión derivara en presentaciones judiciales.
La iniciativa también fija plazos para regularizar las deudas con prestadores: contempla 30 días para la notificación y 90 días para el cobro de los montos adeudados.
Con la aprobación en Diputados, el proyecto inicia ahora su tratamiento en el Senado. Allí se definirá si el nuevo esquema de pensiones, controles, financiamiento y cobertura médica se convierte en ley.












