La decisión se oficializó el jueves mediante la Resolución General 1175/2026, firmada el 28 de octubre y publicada en el Boletín Oficial. La norma entrará en vigencia el 30 de octubre, un día después de su publicación.
La prórroga comprende los estados financieros anuales correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de agosto de 2026, cuyo vencimiento original estaba previsto para el 9 de noviembre. También incluye los estados financieros y contables, o las certificaciones contables, correspondientes al período intermedio del trimestre finalizado el 30 de septiembre, que debían presentarse hasta el 11 de noviembre.
El nuevo plazo se extiende a toda la información y documentación complementaria que deba acompañar esas presentaciones. Sin embargo, la resolución no modifica los vencimientos correspondientes a otros cierres contables.
Entre los fundamentos de la medida, la CNV mencionó las posibles dificultades operativas derivadas de los feriados previstos con motivo de la visita del papa León XIV a la Argentina. Según el organismo, esas jornadas podrían afectar las tareas de las entidades alcanzadas, los auditores y los profesionales responsables de preparar y presentar la información financiera.
De esta manera, la resolución establece un plazo adicional para completar las obligaciones comprendidas, sin introducir cambios en el calendario de presentación del resto de la documentación contable.












